Control Social

Para quienes tengan interés en cursar la Especialización en Ejercicio de la Función Fiscal y superen las 4 pruebas, se aplicará el Control Social, según el artículo 101 del Reglamento Interno de Estudios de la Escuela Nacional de Fiscales del Ministerio Público

Control social
Artículo 101. En la publicación de la lista de preseleccionadas y preseleccionados al Programa de Postgrado de la Especialización en Ejercicio de la Función Fiscal, deberá invitarse a la colectividad para que dentro de los tres (03) días hábiles siguientes, proceda a objetar o a formular las observaciones que considere pertinentes en relación con las y los aspirantes que se mencionan, lo cual deberá hacer por escrito fundamentado dirigido a la Directora o Director General de la Escuela Nacional de Fiscales del Ministerio Público. La objetada o el objetado, deberá hacer el descargo a la objeción formulada en un lapso de tres (03) días hábiles siguientes a su notificación; debiendo presentar informe escrito de sus alegatos y las pruebas que estime pertinentes para desvirtuar la objeción formulada. La Directora o Director General de la Escuela Nacional de Fiscales del Ministerio Público, evaluará la objeción y el descargo realizado y resolverá dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la culminación del plazo para la presentación del descargo, acerca de la admisión o no de la o el aspirante.
Una vez culminado el lapso referido, quienes no hubieren tenido objeción o, en el caso que habiéndolo sido y presentado sus descargos y probanzas, la Directora o Director General de la Escuela Nacional de Fiscales del Ministerio Público haya aprobado su ingreso, iniciarán el Programa de Postgrado.”

Objeción: desde el 25 hasta el 27 de marzo de 2024.

Descargo: desde el 01 hasta el 03/04/2024.

Análisis del descargo: desde el 04 hasta el 08/04/2024.